En TyE implementamos un Canal de Denuncias como instrumento de transparencia y buen gobierno corporativo.
Como instrumento de transparencia y buen gobierno corporativo así como en cumplimiento de la Ley 2/2023 o Ley de Protección de Denunciantes, el Canal de Denuncias es una herramienta que permite articular una comunicación sólida, a través de un sencillo formulario, con los órganos internos especializados, respecto de aquellas conductas potencialmente irregulares o incumplimientos, que puedan suponer una violación del Código Ético de Conducta, la posible comisión de un delito o una infracción tributaria.
Las comunicaciones no podrán ser anónimas, ya que se exige la inclusión de los datos personales del denunciante. Si el comunicante no desvela su identidad, la comunicación no será admitida a trámite. Todas las denuncias serán recibidas y analizadas con objetividad, de forma diligente, rigurosa y confidencial por los responsables designados por el Observatorio de Transparencia y Ética de Talento y Experiencia S.L . En todos los casos, se procederá a la instrucción del expediente oportuno, de cuya solución final será dado traslado a la persona denunciante.
Características y uso de este Canal de Denuncias
El Canal de Denuncias ha sido diseñado atendiendo a las siguientes características y principios generales de funcionamiento:
- Confidencialidad: garantiza la confidencialidad de los datos incorporados en las notificaciones, con especial atención a aquellos relativos a la identidad del denunciante.
- Ausencia de represalias: garantiza que no se produzcan represalias o cualquier tipo de consecuencias negativas para el denunciante, siempre que actúe con buena fe.
- Proporcionalidad: todas las notificaciones recibidas son tratadas de forma equivalente, con independencia de quién sea el remitente.
- Toma de decisión: las decisiones relativas a cómo instruir una investigación o cuándo desestimar notificaciones son adoptadas de forma trazable (documentada) y pautada.
- Plazos: existe un protocolo que garantiza el cumplimiento con los plazos establecidos en la legislación que resulta de aplicación, en función de los diferentes ámbitos de notificación.
- Protección de datos: los datos de carácter personal incorporados en las notificaciones son tratados conforme a lo establecido en la legislación.
- Derechos del denunciante y el denunciado: existen protocolos que garantizan que los derechos y deberes de denunciante y el denunciado son respetados en todo momento.
No serán tramitadas mediante el Canal de Denuncias consultas o denuncias relacionadas con asuntos estrictamente laborales o correspondientes a la gestión ordinaria de servicios de atención al cliente. Dichas consultas e incumplimientos deberán ser comunicados a través de otros canales habituales, conforme a los procedimientos establecidos al efecto por Talento y Experiencia S.L
El Canal de Denuncias está disponible para todas las personas trabajadoras de Talento y Experiencia S.L así como Proveedores y terceros que tengan contacto con Talento y Experiencia S.L.
Los usuarios que efectúen notificaciones a través del Canal de Denuncias deberán procurar que los datos proporcionados sean veraces, exactos, completos y actualizados. En aras de garantizar el principio de confidencialidad, el denunciado no podrá acceder a los datos del denunciante ni de cualquier otra persona que pudiera resultar implicada en las notificaciones. El derecho de acceso queda limitado, por tanto, a sus propios datos personales.
Tomando en consideración lo anterior, los derechos del denunciante se resumen a continuación:
• Derecho a la confidencialidad. No se comunicará al denunciado la identidad del denunciante, con las excepciones legalmente previstas o en aquellos supuestos en los que este último lo consienta expresamente cuando, de lo contrario, no fuera posible proseguir con la investigación.
• Derecho a la no represalia, siempre que el denunciante actúe de buena fe.
• Derecho a ser informado de la resolución o archivo de la denuncia, en su caso.
Los deberes del denunciante son:
• Actuar de buena fe. Las denuncias de mala fe podrán dar lugar a las medidas disciplinarias y/o sancionadoras que en su caso procedan contra el denunciante.
• Aportar los datos y documentos de los que disponga relacionados con los hechos denunciados.
• Deber de confidencialidad. El denunciante no podrá comunicar por otros medios distintos al Canal de Denuncias la identidad del denunciado, con las excepciones legalmente previstas. No obstante, si el denunciante entiende que debe informar a su superior jerárquico, solicitará autorización a través del Canal
de Denuncias. Esta autorización será conferida siempre que se estime que no perjudica la investigación. En su caso, el superior jerárquico quedará asimismo sujeto a tratar la información como confidencial.